Sentencia N° 1691 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de julio de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1691, Exp. 07-1452, 31/07/2007
Expediente07-1452
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-07-31
DecisiónInadmisible

Resumen

En esta sentencia, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano José del Carmen Lara Núñez, en el contexto de un juicio de cobro de diferencias de prestaciones sociales. La demanda fue declarada inadmisible debido a que la sentencia recurrida no cumplía con los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso de casación en juicios laborales, dado que la cuantía del caso excedía el límite mínimo requerido.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En el caso estudiado, la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales fue interpuesta el 9 de junio de 1999 y estimada en la cantidad de nueve millones sesenta y seis mil novecientos veinticuatro bolívares con cincuenta céntimos (Bs. 9.066.924,50) y se refiere a una sentencia que pone fin a un juicio laboral cuya cuantía excede la cantidad de tres millones de bolívares (Bs. 3.000.000,00) cuantía mínima requerida para la admisibilidad del recurso de casación en los juicios laborales según lo dispuesto en el Decreto Nº 1.029 de 22 de enero de 1996, vigente en junio de 1999, fecha de presentación del libelo, en conformidad con el criterio de la Sala Constitucional acogido por esta Sala en la sentencia N° 580 de fecha 4 de abril de 2006, razón por la cual, la sentencia es recurrible en casación, y en consecuencia, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 4 de junio de 2007, dictada por el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

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