Sentencia N° 168 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de abril de 2026

TSJ/SCS, Sent. N° 168, Exp. 24-353, 22/04/2026
Expediente24-353
PonenteENEIDA ALEXANDRA MORENO PÉREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2026-04-22
DecisiónADMITE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, admite el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, SERVITRANSPORTE MAOLIS, C.A., contra la sentencia dictada el 7 de mayo de 2024 por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Aragua. La decisión se basa en la presunta violación de normas de orden público en relación al pago de salarios en moneda extranjera y la carga de la prueba en el contexto laboral. La Sala establece que el recurso ha sido interpuesto con motivos racionales y no maliciosamente.

Extracto de la motiva

De la disposición legal transcrita, el control de la legalidad se erige como el medio recursivo a través del cual las partes pueden impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los tribunales superiores del trabajo que, no siendo recurribles en casación, vulneren o amenacen con violentar gravemente normas de orden público. Se trata, en definitiva, de ejercer, a instancia de parte, el control de la legalidad y justicia de dichos fallos, en aras de restablecer el mandato jurídico sustantivo o adjetivo del trabajo infringido, por lo que, de verificarse que el fallo impugnado incurre en la violación o amenaza denunciada, le corresponderá a este órgano jurisdiccional, anularlo y resolver el fondo del asunto, garantizando de este modo una justicia laboral accesible, breve, sencilla, transparente, oral, inmediata, sin formalismos ni reposiciones inútiles, conforme a los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En ese sentido, siendo el recurso de control de la legalidad una institución procesal de carácter excepcional, su admisibilidad, que es facultativa de esta Sala, se encuentra inexorablemente sometida al cumplimiento de los requisitos expresamente previstos en la norma legal in comento, cuyo alcance ha sido precisado y delineado por el Tribunal Supremo de Justicia, a través de su prolija jurisprudencia emanada de las Salas Constitucional y de Casación Social. Así pues, son recurribles en control de la legalidad las sentencias: i) definitivas emanadas de los juzgados superiores laborales; ii) no impugnables en casación, y iii) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público. Igualmente, en decisión número 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, esta Sala de Casación Social estableció que, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le corresponde restringir la admisibilidad de dicho medio de impugnación, limitándola a situaciones en las cuales la violación o amenaza sea de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión, por tratarse de quebrantamientos categóricos del orden legal establecido.

Dispositiva

ADMITE el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte demandada, sociedad mercantil SERVITRANSPORTE MAOLIS, C. A., contra la sentencia dictada el 7 de mayo del 2024, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay.

Palabras clave

control de la legalidadjusticia laboralrecursosnormas de orden públicoadmisibilidadjurisprudencia

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