Sentencia N° 1678 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de noviembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1678, Exp. 14-676, 19/11/2014
Expediente14-676
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-11-19
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La decisión de la sala se basa en que el recurso no versaba sobre puntos esenciales no controvertidos ni modificaba sustancialmente la sentencia a ejecutar. Se reiteró la excepcionalidad del recurso en la fase de ejecución, limitando su admisibilidad a casos que violen normas de orden público.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación del fallo in extenso, conteste con el artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En el caso bajo examen, se advierte que la decisión objeto del recurso de control de la legalidad fue dictada durante la fase de ejecución de la decisión de fecha 23 de abril de 2008, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que declaró con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la decisión proferida el 24 de enero de 2008 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esa misma Circunscripción Judicial, y parcialmente con lugar la demanda.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 4 de abril de 2014, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de acreenciascontrol de la legalidadinadmisiontribunales superioresorden públicorecursoLey Orgánica Procesal del Trabajo

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