Sentencia N° 1678 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de mayo de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1678, Exp. 12-1235, 20/12/2012
Expediente12-1235
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2012-05-20
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Asociación Civil Taxi Moderno Antonio José de Sucre. La apelación fue presentada contra una providencia administrativa emitida por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. La Sala determinó que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación dentro del plazo establecido, lo que llevó a declarar desistido el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
Como se observa del dispositivo legal transcrito, el Legislador impuso a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se deben exponer las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso, cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se fundamentara la apelación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha diecisiete (17) de octubre del año 2012, día siguiente al auto en que se dio cuenta en Sala del ingreso del expediente, y venció el día ocho (08) de noviembre del mismo año. En este sentido, observa esta Sala que habiéndose interpuesto oportunamente el presente recurso y vencido el término correspondiente para la fundamentación, la misma no fue presentada, por lo que en consecuencia, este máximo Tribunal declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de: Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la ASOCIACIÓN CIVIL TAXI MODERNO ANTONIO JOSÉ DE SUCRE, contra la sentencia dictada en fecha 19 de julio año 2012, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de origen, antes identificado.