Sentencia N° 1670 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de noviembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1670, Exp. 13-1144, 19/11/2014
Expediente13-1144
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-11-19
DecisiónSin Lugar
Resumen
En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar los recursos de casación interpuestos tanto por la parte demandante como por la codemandada Fica's Welding Construccions, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Zulia. La Sala analiza las denuncias de error de interpretación y vicios de inmotivación, concluyendo que no se evidencian las infracciones alegadas por los recurrentes.
Extracto de la motiva
Esta Sala advierte que la formalizante enmarca su denuncia de error de interpretación en el artículo 313 ordinal 2° del Código de Procedimiento Civil, cuando lo correcto es fundamentarla en el artículo 168 numeral 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por ser esta la ley aplicable en el proceso laboral. A pesar de ello, el error evidenciado no impide a esta Sala conocer de la delación planteada. Determinado lo anterior, se observa que la recurrente delata la infracción por errónea interpretación del artículo 1.227 del Código Civil, el cual dispone: Cada uno de los deudores solidarios responde solamente de su propio hecho en la ejecución de la obligación, y la mora de uno de ellos no tiene efecto respecto de los otros. Asimismo, denuncia el quebrantamiento del artículo 94 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo texto legal es del siguiente tenor: La ley determinará la responsabilidad que corresponda a la persona natural o jurídica en cuyo provecho se presta el servicio mediante intermediario o contratista, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de éstos.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la codemandada Fica's Welding Construccions, C.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 3 de julio de 2013; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra la referida decisión; y TERCERO: CONFIRMA el fallo recurrido.
Palabras clave
recursosinmotivaciónconvención colectivamora contractualsilencio de pruebas