Sentencia N° 1660 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1660, Exp. 12-1262, 19/12/2012
Expediente12-1262
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-12-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de diciembre de 2012, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, Glenda de la Cruz Piña Briceño, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Portuguesa. La Sala argumentó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no violaba normas de orden público laboral, cumpliendo así con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisibilidad del recurso.
La decisión se fundamenta en la potestad de la Sala para revisar decisiones de Juzgados Superiores que no sean recurribles en casación y que puedan violar normas de orden público. Se expusieron las violaciones alegadas por la parte actora, pero la Sala concluyó que no se configuraban las infracciones denunciadas, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso.
Finalmente, se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen, sin condena en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
De conformidad, con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social, revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad, es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral, reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborale, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y/o 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Así pues, una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado, esta Sala de Casación Social, considera que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho, y no incurre en violaciones de normas de orden público, en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de la legalidad, no se ajusta a los fines del recurso, debe forzosamente declararse su inadmisibilidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora, contra la sentencia de fecha 8 de noviembre de 2011, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciaderecho laboralsalarios caídosinadmision