Sentencia N° 1657 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1657, Exp. 09-1259, 03/11/2009
Expediente09-1259
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-10-03
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, dictó sentencia el 3 de octubre de 2009, declarando perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La Sala determinó que la formalización del recurso no se presentó dentro del lapso establecido, ya que fue presentado cuatro días después del vencimiento del mismo. Se condenó en costas a la parte recurrente de acuerdo con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso de casación, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. En ese sentido, el artículo 171 eiusdem, prevé un lapso de (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del presente recurso de casación, se constata, que el mismo comenzó a correr en fecha veintiséis (26) de septiembre de 2009, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se confieren para el anuncio, y venció el día quince (15) de octubre del mismo año. Así, se observa que anunciado oportunamente como ha sido el presente recurso, el escrito de formalización fue presentado en fecha diecinueve (19) de octubre de 2009, es decir, pasados cuatro (4) días del lapso de vencimiento, por lo que, en consecuencia, esta Sala considera perecido el recurso de casación interpuesto y así se decide.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia de fecha 14 de agosto de 2009, proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónprestaciones socialesderecho laboralformalizaciónplazoperecimientocostas