Sentencia N° 1655 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1655, Exp. 12-1313, 19/12/2012
Expediente12-1313
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-12-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados de primera instancia en el Estado Carabobo. El Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo se declaró incompetente para conocer del juicio por prestaciones sociales, argumentando que la materia debía ser conocida por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, dado que se involucraba a un menor. Sin embargo, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación también se declaró incompetente, alegando la falta de pruebas sobre la minoridad del actor.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el Tribunal Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución ordena se subsane la demanda incoada por la accionante, por cuanto el Tribunal observa que a los autos consta partida de defunción del ciudadano José Escalona y en la cual se hace mención del menor Ángel Xavier; siendo subsanada la demanda y consignada a los autos al folio 53 partida de nacimiento del adolescente Ángel Xavier, quien es hijo del de cuyus José Escalona. Ahora bien, siendo que a la fecha de la admisión de la demanda se evidencia que el adolescente Ángel Xavier Escalona su edad cronológica era de Diecisiete (17) años cuatro meses (04) y cuatro (04) días, se evidencia que de conformidad al artículo 02 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente, está enmarcado dentro de la definición de adolescente; en consecuencia se encuentra amparado por la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente, razón por la cual de conformidad con el parágrafo segundo del artículo 177 eiusdem, le corresponde conocer de la presente demanda a la Sala de Juicio de los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara COMPETENTE para conocer de la presente causa, al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia.

Palabras clave

competenciaprestaciones socialesniños y adolescentes

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