Sentencia N° 1655 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1655, Exp. 05-501, 17/11/2005
Expediente05-501
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Pablo Hilario López contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Carabobo. La decisión se basa en que el recurso fue presentado fuera del lapso preclusivo establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que limita la interposición a cinco días hábiles tras la publicación de la sentencia recurrida. Se concluye que la parte actora no cumplió con los requisitos formales y sustanciales para la admisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar las normas de orden público y/o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En consecuencia, es forzoso para esta Sala declarar la inadmisibilidad del recurso, toda vez que la oportunidad para interponerlo, está limitada a un lapso preclusivo de cinco días hábiles siguientes a la publicación de la sentencia sujeta a revisión, lo cual en el presente caso fue inobservado por la parte actora recurrente, al presentar este medio de impugnación excepcional, de manera extemporánea.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 17 de enero de 2005, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionescontrol de la legalidadinadmisibilidadLey Orgánica Procesal del Trabajorecursosentenciajuzgado superiorplazo