Sentencia N° 1653 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1653, Exp. 12-1563, 19/12/2012
Expediente12-1563
PonenteOmar Alfredo Mora Díaz
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-12-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de diciembre de 2012, declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano Roger Alejandro Almarza Moran contra el auto que negó el recurso de casación. La Sala argumentó que la sentencia impugnada era interlocutoria y no definitiva, lo que la hacía inadmisible según la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se destacó que el recurso de casación solo es procedente contra sentencias definitivas que pongan fin al juicio.

Extracto de la motiva

(…) se observa que a los fines de preservar la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva y el debido proceso, la Sala de Casación Social ha establecido que uno de los requisitos esenciales para acceder al Recurso de Casación, debe ser que la sentencia impugnada sea Definitiva Formal, es decir, un pronunciamiento de carácter Definitivo que ponga fin al juicio y no un fallo de naturaleza Interlocutoria que no pone fin al mismo, como en el presente caso en donde se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ciudadano ROGER ALEJANDRO ALMARZA MORAN, en contra del acta dictada en fecha 26 de junio de 2012 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con Sede en Cabimas; resaltado esta Juzgadora que en el caso de autos el fallo objeto de apelación no fue una sentencia de carácter Definitivo sino Interlocutorio dictada en una causa que se encuentra en fase de mediación…

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante, contra el auto de fecha 11 de octubre de 2012, emanado del Juzgado Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, que negó el recurso de casación interpuesto contra el fallo de fecha 3 de octubre de 2012, emanado de ese mismo Juzgado. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

recurso de casaciónsentencia interlocutoriainadmisibilidadley orgánica procesal del trabajojusticia laboral

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