Sentencia N° 1650 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1650, Exp. 11-1479, 19/12/2012
Expediente11-1479
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRecurso de Hecho
Fecha de la decisión2012-12-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La Sala declaró sin lugar el recurso de hecho y también inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, argumentando que la decisión de la instancia inferior era correcta y que no se había cumplido con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

Atendiendo al criterio sentado en decisión de fecha 27 de febrero del año 2003, el cual se reitera, es competencia exclusiva de este Alto Tribunal en Sala de Casación Social, pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad de conformidad con lo previsto en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido, sólo corresponde a los Juzgados Superiores del Trabajo, remitir el expediente de manera inmediata a este Máximo Tribunal, dejando constancia del día que comienza el lapso para interponer el recurso y los días de despacho transcurridos para el ejercicio del mismo, a fin de que esta Sala, pueda constatar el cumplimiento del requisito de admisibilidad referido a la oportunidad de la interposición, establecido en el citado artículo 178 eiusdem.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) SIN LUGAR el recurso de hecho presentado por la representación Judicial de la parte demandada, y 2°) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 1° de marzo de 2011.

Palabras clave

recurso de hechoapelaciónderecho a la defensacontrol de legalidadtrabajo

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