Sentencia N° 165 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de octubre de 2022
TSJ/SCS, Sent. N° 165, Exp. 22-036, 07/10/2022
Expediente22-036
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2022-10-07
DecisiónConcluida la sustanciación del recurso de casación
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social, se pronuncia sobre la conclusión de la sustanciación del recurso de casación interpuesto por las demandantes contra la decisión de alzada que declaró sin lugar su apelación. Se destaca que el recurso fue admitido y se realizó el cómputo de los lapsos procesales establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Finalmente, se declara concluida la fase de sustanciación del recurso, entrando el asunto en estado de fijación de audiencia.
Extracto de la motiva
Por lo tanto, y visto que la sentencia recurrida se profirió en la ciudad Barquisimeto, estado Lara, corresponde en el presente causa un lapso de un (4) días continuos por término de la distancia. Determinado lo anterior, en el caso sub examine se desprende del iter procedimental, lo siguiente: Mediante auto proferido por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto, se admitió el recurso de casación anunciado por la parte demandante el 8 de diciembre de ese mismo año; destacando que el último día para efectuar el anuncio, correspondió con el 9 de diciembre de 2021, razón por la que se considera que lo ejerció dentro de la oportunidad legal correspondiente. Recibido el expediente, se ordenó practicar como ha sido por la Secretaría de esta Sala de Casación Social, el cómputo de los lapsos establecidos en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el cual se certificó que el inicio del lapso para formalizar el recurso de casación, más el término de la distancia, comenzó a transcurrir desde el día lunes 13 de diciembre de 2021 -día hábil siguiente al último de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio respectivo-, y venció el día domingo 6 de febrero de 2022. Ello así, se observa de la referida certificación que la parte demandante recurrente tuvo oportunidad para presentar el escrito de formalización hasta el día el lunes 7 de febrero de ese mismo mes y año -primer día hábil siguiente-, y la parte demandante recurrente consignó el escrito de formalización el 17 de enero de 2022. Asimismo, se observa que el lapso para la contestación feneció el día sábado 26 de febrero de 2022, y la representación judicial de la parte demandada, ni por sí, ni por representante judicial alguna consignó el escrito de contestación.
Dispositiva
CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, entra la causa en estado de fijación de audiencia, el cual se fijará por auto separado.