Sentencia N° 1648 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de julio de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1648, Exp. 07-1079, 26/07/2007
Expediente07-1079
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-07-26
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social Agraria del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte accionada, en contra de la decisión del Juzgado Superior Primero Agrario. La sentencia de alzada había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte demandante, revocando un fallo anterior que había declarado la falta de cualidad de la parte actora. La Sala determina que la decisión recurrida es interlocutoria y no definitiva, por lo que no es susceptible de casación.

Extracto de la motiva

El tribunal de alzada, al admitir el recurso de casación anunciado, señala que el mismo se anunció de forma tempestiva, que cumple con el requisito de cuantía y que se propone contra una decisión que presenta disconformidad con el fallo dictado en primera instancia; por lo tanto la decisión es susceptible del recurso propuesto. Ahora bien, ha sido pacífica y reiterada la jurisprudencia respecto a la admisibilidad del recurso de casación por parte de este Máximo Tribunal de la República, por lo que en tal sentido en sentencia del 7 de noviembre de 2001, la Sala de Casación Social estableció: “Punto previo en el fallo de casación, puede ser el de la admisibilidad del recurso (...) corresponderá a la corte (Tribunal Supremo de Justicia), como Punto Previo al decidir el recurso, pronunciarse sobre esa admisión, lo que puede hacer de oficio o por planteamiento hecho por la parte contraria en su escrito de impugnación...”. Derivado de lo expuesto previamente, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social procederá en primer término, a emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad o no del presente recurso.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte accionada, sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra de la decisión emanada del Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, en fecha 30 de abril de 2007; y se REVOCA el auto de admisión de fecha 14 de mayo de 2007 dictado por el referido tribunal.

Palabras clave

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