Sentencia N° 1630 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1630, Exp. 12-1485, 19/12/2012
Expediente12-1485
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2012-12-19
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del estado Zulia. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que no se evidenció la violación de normas de orden público que justificara su admisibilidad. Se destacó que el sentenciador de Alzada no incurrió en violaciones a la Constitución ni al Código de Procedimiento Civil, ya que la condena al pago de indemnización por despido injustificado fue correcta dado el contexto del caso.
Extracto de la motiva
Denuncia el recurrente, que el sentenciador de Alzada infringió el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil por cuanto, en su criterio, el ad quem condenó al pago de la indemnización por despido injustificado sin verificar que la empresa procedió a retirar a los demandantes al vencimiento del contrato de trabajo que tenía suscrito con ellos. En ese sentido, afirma que al existir un contrato de trabajo suscrito con los demandantes mal podía condenarse al pago de dicha indemnización, puesto que este concepto nace cuando el patrono despide sin causa justificada al trabajador, lo cual no ocurrió en el caso concreto. Al respecto, de una revisión de los alegatos planteados en el recurso, de la sentencia recurrida y del resto de las actas procesales, observa la Sala que la Alzada no incurrió en violación de las normas denunciadas, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia publicada el 2 de octubre de 2012, dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.