Sentencia N° 163 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de octubre de 2021
TSJ/SCS, Sent. N° 163, Exp. 21-028, 13/10/2021
Expediente21-028
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2021-10-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre el desistimiento del recurso de hecho interpuesto por Karla Claverie Malpica contra la jueza Marjorie Mercedes Díaz Rodríguez. La parte actora manifiesta su intención de desistir del procedimiento, lo cual es homologado por la Sala, dando por terminado el juicio de recusación. Se destaca que el desistimiento se realizó de manera válida y sin constreñimiento, cumpliendo con los requisitos legales establecidos.
Extracto de la motiva
En el caso bajo análisis, la ciudadana Karla Claverie Malpica, asistida por los abogados Ninfa Josefina Herrera Rodríguez y John Alexander Martínez Silva, manifestó su intención de desistir de la incidencia de recusación, de su ejercicio de la acción y del procedimiento, tramitada originalmente ante el Tribunal Superior Cuarto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Del mismo modo, se aprecia que consta en el expediente en forma auténtica y se trata de una manifestación escrita contentiva del acuerdo de voluntad de la parte accionante en forma discrecional y sin constreñimiento alguno y, celebrado válida y eficazmente, salvaguardándose los derechos del suscribiente; en consecuencia, esta Sala acuerda conceder la homologación al desistimiento presentado y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide. Visto que en el presente caso se cumplieron todos los extremos para que se dé por consumado el desistimiento del procedimiento, esta Sala lo homologa y, en consecuencia, lo da por terminado. Así se decide. Atendiendo a la previsión contenida en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicable por remisión expresa del artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, no hay condenatoria en costas.
Dispositiva
HOMOLOGA el desistimiento del recurso de hecho, procedimiento planteado por la parte actora, en consecuencia, da por terminado el presente procedimiento de recusación incoado por la ciudadana Karla Claverie Malpica contra la ciudadana Dra. MARJORIE MERCEDES DÍAZ RODRÍGUEZ.