Sentencia N° 163 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de marzo de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0163, Exp. 15-1048, 07/03/2016
Expediente15-1048
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2016-03-07
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por la sociedad civil INMUNOLOGÍA ASOCIACIÓN CIVIL (I.A.C) contra un auto del Tribunal Noveno Superior del Trabajo. Se determinó que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación en el lapso establecido por la ley, lo que llevó a considerar el recurso como desistido. La Sala aplicó el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que establece la obligación de fundamentar la apelación dentro de un plazo específico.

Extracto de la motiva

La disposición supra transcrita impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que se fundamenta su recurso de apelación, en el lapso comprendido dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente en esta Sala. El incumplimiento en la consignación de dicho escrito de fundamentación en el lapso establecido en la ley, acarrea la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso. En el caso específico, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que el lapso que se da para la fundamentación de la apelación comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) días que se dan para tal fin, es decir, en fecha 12 de agosto del año 2015 y venció el día 28 de septiembre del mismo año, lo cual consta en cómputo realizado por secretaría en fecha 21 de enero del año 2015, cursante al folio 27 del expediente, evidenciándose que la representación judicial de la Sociedad Civil INMUNOLOGÍA ASOCIACIÓN CIVIL (I.A.C), no consignó el escrito de fundamentación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la Sociedad Civil INMUNOLOGÍA ASOCIACIÓN CIVIL (I.A.C), contra el auto dictado en fecha 30 de junio del año 2015, por el Tribunal Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, queda FIRME el referido auto.

Palabras clave

apelaciónfundamentaciónjurisdicciónadministrativatrabajosentenciainmunología

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca