Sentencia N° 163 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de marzo de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 163, Exp. 01-293, 09/03/2004
Expediente01-293
PonenteNORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2004-03-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Especial Agraria, decide sobre un recurso de casación interpuesto por la ciudadana Xiomara Delmar Trujillo Gil contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero Agrario. La recurrente alega vicios de indefensión y violaciones a normas procesales, argumentando que el juez ad quem no aplicó correctamente la normativa agraria en relación a la tempestividad de la impugnación a la experticia complementaria del fallo. La Sala, tras analizar los argumentos, concluye que no se han demostrado las infracciones alegadas y que la decisión del juez de la causa fue correcta.
Extracto de la motiva
La indefensión ocurre cuando alguna conducta del Juez le impida a las partes la utilización efectiva de los medios o recursos que la ley pone a su alcance para la defensa de sus derechos e intereses. Para el asunto que nos ocupa, la recurrente, conforme a su escrito de formalización, no señala cual ha sido la actividad del sentenciador que le impidió el ejercicio de algún mecanismo para la protección de sus derechos e intereses, que derive en indefensión, menoscabo o violación de este derecho a la defensa. Por consecuencia, debe desecharse la cuestión planteada. Así se decide. En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por la ciudadana XIOMARA DELMAR TRUJILLO GIL asistida por el abogado Francisco Nicolosi, en contra de la sentencia dictada el 5 de abril de 2001 por el Juzgado Superior Tercero Agrario.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por la ciudadana XIOMARA DELMAR TRUJILLO GIL asistida por el abogado Francisco Nicolosi, en contra de la sentencia dictada el 5 de abril de 2001 por el Juzgado Superior Tercero Agrario. En atención a los artículos 320 y 274 ambos del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
recurso de casaciónindefensióntempestividadexperticia complementariaCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica de Tribunalesderecho a la defensa