Sentencia N° 1628 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de diciembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1628, Exp. 10-1342, 10/12/2010
Expediente10-1342
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2010-12-10
DecisiónAdmite
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, admite el recurso de control de legalidad interpuesto por los ciudadanos LUIS ERNESTO CASTRO y CARLOS EDUARDO GUTIÉRREZ contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Táchira, que había declarado sin lugar la demanda. La Sala considera que existen motivos racionales para interponer el recurso, dado que se denuncia la vulneración de normas de orden público en perjuicio de los derechos de los trabajadores.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no fueren recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad del mismo. Aunado a lo anterior, la admisibilidad de este recurso extraordinario exige verificar que haya sido interpuesto a través de escrito con una extensión no mayor de tres (03) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida disposición establece un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. Adicionalmente, es oportuno dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, restringir su admisibilidad, especialmente a aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte accionante, contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 16 de septiembre de 2010. En consecuencia, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzará a correr el lapso de veinte (20) días calendario consecutivos, para que la otra parte pueda consignar la contestación del recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.