Sentencia N° 1625 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de julio de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1625, Exp. 07-1459, 19/07/2007
Expediente07-1459
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-07-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Santiago Bernardo García contra la decisión del Tribunal Tercero Superior Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo. La sentencia de alzada había declarado sin lugar la apelación y la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos. La Sala determinó que el recurrente no cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
El presente medio de impugnación, es ejercido contra una decisión dictada por un Juez Superior, que conociendo en alzada, declaró sin lugar el recurso de apelación intentado por la parte actora y sin lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, confirmando así el fallo dictado por el Tribunal de la causa. Sin embargo, se observa del escrito contentivo del presente medio de impugnación la falta en la cual incurre el recurrente, al limitarse a anunciar el presente recurso de control de la legalidad a los fines de que el Juzgado Superior del Trabajo se pronuncie sobre su admisibilidad, aún cuando el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo expresamente establece que es esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, quien una vez recibido el expediente, decidirá sobre su admisibilidad. Ahora bien, independientemente de lo antes señalado, evidencia la Sala que tampoco indica el recurrente de manera expresa la violación de alguna norma de orden público laboral o la contravención de la jurisprudencia emanada de esta Sala, lo que imposibilita su conocimiento.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha 11 de junio del año 2007 emanada del Tribunal Tercero Superior Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Coordinadora Judicial del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
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