Sentencia N° 1621 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1621, Exp. 06-1286, 17/10/2006
Expediente06-1286
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2006-10-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de octubre de 2006, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Ramiro Rincón contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Estado Zulia, que había declarado sin lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales. La Sala fundamentó su decisión en que la cuantía de la demanda no superaba el umbral requerido para la admisibilidad del recurso de casación en juicios laborales, conforme a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En el caso estudiado, la demanda fue estimada en la cantidad de noventa y cinco millones trescientos sesenta y dos mil quinientos noventa y cinco bolívares con cincuenta y cuatro céntimos (Bs. 95.362.595,54) y se refiere a una sentencia definitiva en un juicio laboral cuya cuantía excede la cantidad de tres mil unidades tributarias que para el momento de interposición de la demandada equivalen a ochenta y ocho millones doscientos mil bolívares (Bs. 88.200.000,00), que es la cuantía mínima requerida para la admisibilidad del recurso de casación en los juicios laborales, en conformidad con el criterio de la Sala Constitucional acogido por esta Sala en la sentencia N° 1019 de fecha 4 de abril de 2006, por lo que la sentencia es recurrible en casación, y en consecuencia, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 2 de junio de 2006, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de control de legalidadjuicio laboralinadmisibilidadLey Orgánica Procesal del TrabajosentenciaTribunal Supremo de JusticiaSala de Casación Social