Sentencia N° 162 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de mayo de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 162, Exp. 23-348, 21/05/2024
Expediente23-348
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2024-05-21
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por GYMMY GEAN CIPRIANI PASSANISI contra la sentencia del Tribunal Superior Accidental que declaró sin lugar su apelación. La Sala consideró que la decisión recurrida se ajustaba a derecho y que los argumentos del recurrente no cumplían con los requisitos para la admisibilidad del recurso. Se destacó que la sentencia del Tribunal Superior confirmaba la decisión de un tribunal inferior que había declarado parcialmente con lugar la demanda de obligación de manutención.
Extracto de la motiva
Finalmente, denuncia que para la determinación de la obligación, el tribunal de juicio no lo reguló mediante el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que nada dijo sobre las necesidades e intereses de la adolescente, así como de la capacidad económica del demandado. En este orden de ideas, una vez efectuado el examen de los argumentos de la parte recurrente, el fallo impugnado y las restantes actas que conforman el expediente, considera esta Sala que la decisión recurrida se encuentra ajustada a Derecho y la manifestación de la recurrente mediante control de la legalidad se circunscribe a su desacuerdo con la sentencia dictada por el Tribunal Superior Accidental del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en la cual confirma la decisión del 13 de mayo de 2023, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la referida Circunscripción Judicial; que declaró parcialmente con lugar la demanda de obligación de manutención. En consecuencia, esta Sala de conformidad con lo establecido en el artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, respecto a la forma discrecional y excepcional en que se ejerce la potestad revisora mediante el recurso de control de la legalidad, considera innecesario desplegar la actividad jurisdiccional a través de este recurso, lo que deviene en su inadmisibilidad.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano GYMMY GEAN CIPRIANI PASSANISI, en contra de la sentencia dictada el 12 de julio de 2023, por el Tribunal Superior Accidental del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona.