Sentencia N° 162 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de marzo de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0162, Exp. 10-130, 04/03/2010
Expediente10-130
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-03-04
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. La decisión se basa en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley, ya que no se evidenció violación de normas de orden público en la sentencia impugnada. Además, se señala que la oportunidad para interponer el recurso está limitada a un lapso preclusivo de cinco días hábiles.

Extracto de la motiva

El Artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación de la sentencia in extenso, conteste con el Artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos señalados ut-supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Se señala como fundamentación de la incomparecencia a la audiencia de apelación, el caso fortuito o fuerza mayor, en razón de que el abogado Roger Rodríguez Toffolo ese día salió del país haciendo imposible su asistencia, para lo cual anexa en copia simple su pasaporte, y que el abogado Marco Guillen Apóstol, desde tempranas horas de la mañana de ese día lunes 14 de diciembre de 2009 comenzó a sufrir un dolor bastante fuerte en la espalda y el cuello, que fue acentuándose hasta el punto de imposibilitarle casi cualquier movimiento e impedirle respirar adecuadamente, en vista de lo cual tuvo que trasladarse hasta el denominado Ambulatorio Urbano III “Dr. Daniel Camejo Acosta” (Centro Ambulatorio del Oeste), donde fue atendido, como se evidencia en constancia médica que se consigna a tales efectos.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2009, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de legalidadrecursostribunales superioresorden públicoderecho laboral

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