Sentencia N° 1617 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de noviembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1617, Exp. 14-773, 05/11/2014
Expediente14-773
PonenteMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-11-05
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de nulidad de acto administrativo interpuesto por la sociedad CVG BAUXILUM, C.A. contra una decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo que declaró sin lugar un recurso contencioso administrativo. La parte apelante no presentó la fundamentación del recurso en el plazo establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, lo que llevó a la Sala a declarar desistido el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
La norma en referencia, impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso sub examine el expediente se dio por recibido el 29 de mayo de 2014, y siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación, incluyendo el término de la distancia de ocho (08) días, venció el 20 de junio de 2014, según consta en el cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 03 de julio de 2014, transcurriendo de la siguiente manera: ocho (08) días en razón del término de la distancia, correspondientes al 30 y 31 de mayo de 2014, 1°, 02, 03, 04, 05 y 06 de junio del mismo año, y los diez (10) días de despacho 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19 y 20 de junio de 2014, sin que la parte recurrente consignare el escrito de fundamentación en el lapso antes indicado, al efecto esta Sala, en aplicación del artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar extensión territorial Puerto Ordaz, en fecha 20 de enero de 2014; y, en consecuencia, se declara firme el fallo apelado.
Palabras clave
recurso de apelacióndesistimientoactos administrativosjurisdicción contencioso administrativafalta de fundamentación