Sentencia N° 1609 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de octubre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1609, Exp. 08-703, 27/10/2009
Expediente08-703
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-10-27
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. La decisión se fundamenta en la incomparecencia de la parte actora a la audiencia pública fijada, lo que conlleva a la aplicación de la sanción establecida en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena remitir el expediente al Juzgado de Primera Instancia competente para continuar con los trámites legales correspondientes.

Extracto de la motiva

El referido artículo 173, en su último aparte, establece lo siguiente: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Al aplicar al caso de autos la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que la parte actora recurrente no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará en el dispositivo de este fallo desistido el recurso de casación propuesto y remitirá el expediente al Juzgado de la primera instancia competente para que continúe con los trámites legales correspondientes. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, de fecha 28 de febrero de 2007; y ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente continúe con los trámites procesales correspondientes.

Palabras clave

desistimientorecurso de casaciónaudiencia públicatrabajoincomparecenciajurisdicción laboral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca