Sentencia N° 16 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de enero de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 016, Exp. 16-138, 23/01/2017
Expediente16-138
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2017-01-23
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Accidental, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra una sentencia del Juzgado Noveno Superior del Trabajo. La Sala determinó que el procedimiento de calificación de despido no admite recurso alguno, dado que la sentencia del Juzgado Superior es irrecurrible según el artículo 88 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Extracto de la motiva
Observa la Sala que, para que proceda la admisibilidad del extraordinario recurso de control de la legalidad, es necesario el cumplimiento de los requisitos legales antes expuestos, y además de ellos se encuentra, que el juicio dentro del cual se ejerza el recurso no sea un procedimiento de estabilidad. De conformidad con lo anterior se hace necesario reproducir el contenido del artículo 88 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, el cual expresa lo siguiente: Procedimiento aplicable Artículo 88. El procedimiento aplicable en materia de estabilidad laboral será el previsto en esta Ley y en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La sentencia emanada del Tribunal Superior del Trabajo competente es definitivamente firme e irrecurrible. En el caso estudiado se pudo verificar, que la presente demanda se trata de un procedimiento de calificación de despido, el cual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 88 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, precedentemente transcrito, solo tiene doble instancia y por lo tanto no admite recurso alguno, razón por la cual, al no ser la sentencia del Juzgado Superior recurrible, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha 15 de diciembre 2015, dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
control de la legalidadinadmisionestabilidad laboralrecursosentenciatrabajadores