Sentencia N° 1598 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de noviembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1598, Exp. 14-046, 03/11/2014
Expediente14-046
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-11-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Helmerich & Payne de Venezuela, C.A. contra un acto administrativo que certificaba una discapacidad total y permanente del ciudadano Julio César García Cabrera. La Sala encontró que la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui, que había declarado con lugar el recurso de nulidad, era correcta, ya que se vulneraron los derechos a la defensa y al debido proceso al no notificar personalmente al beneficiario del acto administrativo impugnado. Por lo tanto, se declaró con lugar el recurso de apelación y se ordenó la reposición de la causa para que se realice una nueva audiencia.

Extracto de la motiva

Preliminarmente, corresponde a esta Sala pronunciarse respecto a la solicitud de declaratoria de desistimiento del recurso de apelación formulada por la empresa accionante, en virtud que, transcurrido el lapso de diez (10) despacho más el término de la distancia previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa para presentar el escrito de fundamentación, el mismo no fue presentado por la parte apelante. De la revisión del iter procedimental se observa que la representación judicial del ciudadano Julio César García Cabrera ejerció recurso de apelación, mediante escrito consignado en fecha 27 de noviembre de 2013 (Vid. folio 206 de la 2da pieza del expediente) por ante el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, oportunidad en la cual manifestó los motivos como parte afectada por la decisión de la primera instancia de recurrir de la misma. Sobre el particular, cabe citar el criterio mantenido por la Sala Constitucional, en sentencia N° 1350 de fecha 5 de agosto de 2011 (caso: Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A.), en la cual se afirma lo siguiente: (…) la exigencia de fundamentación dispuesta en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, (…) si bien impone una carga procesal sometida al principio de preclusión, ello no es óbice para que el perdidoso pueda ejercer la apelación y, paralelamente, fundamentar su recurso con anticipación a los diez días que establece la norma.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del ciudadano Julio César García Cabrera, contra la decisión de fecha 10 de julio de 2013, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; SEGUNDO: ANULA la decisión recurrida; y TERCERO: REPONE la causa al estado en que el Tribunal Superior que resulte competente, fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio.

Palabras clave

apelaciónjurisdicciónformalismotutela judicialderechosprincipiosadministrativa

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