Sentencia N° 1590 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de octubre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1590, Exp. 13-1053, 31/10/2014
Expediente13-1053
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-10-31
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio de divorcio. La audiencia pública fijada para el 16 de octubre de 2014 no contó con la comparecencia de la representación judicial de la parte demandada, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declarando desistido el recurso de casación. La decisión se fundamenta en la falta de comparecencia de la parte recurrente a la audiencia pública, lo que conlleva a la remisión del expediente al Juzgado de Primera Instancia correspondiente.
Extracto de la motiva
La Sala observa: Señala el prenombrado artículo 489-F eiusdem, lo siguiente: “Si la parte recurrente no compareciere a la audiencia, se debe declarar desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos, la parte demandada recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará desistido el recurso de Casación y el expediente se remitirá al Juzgado de Primera Instancia correspondiente.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de fecha 6 de junio de 2013, SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y se continúe con los trámites procesales correspondientes.
Palabras clave
divorcioprotección de niñoscasaciónjuicioaudiencia