Sentencia N° 1590 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de julio de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1590, Exp. 07-708, 19/07/2007
Expediente07-708
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-07-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, revoca la sentencia del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de Monagas, que había declarado parcialmente con lugar la acción reivindicatoria presentada por el ciudadano René José Iturrey contra Calogero Salemi Castellana. La Sala concluye que los bienes cuya reivindicación se demandan no estaban incluidos en la venta del fundo agrícola, por lo que la parte actora no es propietaria de los mismos.

Extracto de la motiva

La normativa especial que regula la materia agraria, tanto en su ámbito sustantivo como adjetivo, está inserta en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En el precitado instrumento legal se sistematiza expresamente el procedimiento a seguir a efectos de tramitar y resolver un recurso de casación. Así, el artículo 252 de dicha Ley, dispone: No se casará el fallo por defecto de actividad, independientemente que adolezca de vicios de forma, si el mismo no ha sido determinante en la producción del dispositivo del fallo, si no hace la sentencia inejecutable, y si no vulnera la garantía a la tutela jurisdiccional efectiva de las partes. La Sala conocerá preferentemente de los vicios de fondo denunciados, procediendo a emitir el fallo sin reenvío. La norma ut supra transcrita, establece un mandato conteste al cual esta Sala conocerá de forma preferente de los errores in iudicando, denunciados en el respectivo escrito de formalización; por lo que, en observancia al ya mencionado artículo 252 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se procederá a resolver prioritariamente sobre los vicios de fondo acusados en el presente recurso de casación. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte accionada, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur-Oriental, en fecha 27 de febrero de 2007; 2°) en consecuencia, REVOCA en todas sus partes la decisión precitada, y 3°) declara SIN LUGAR la acción reivindicatoria propuesta por el ciudadano RENÉ JOSÉ ITURREY contra el ciudadano CALOGERO SALEMI CASTELLANA.

Palabras clave

acción reivindicatoriarecurso de casaciónbienes inmueblesventa de fundosCódigo CivilLey de Tierraspropiedadganado

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