Sentencia N° 159 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de febrero de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0159, Exp. 05-1455, 02/02/2006
Expediente05-1455
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-02-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia interlocutoria del Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia. Se establece que el recurso es inadmisible cuando se solicita contra sentencias interlocutorias, ya que el agravio puede ser reparado en la sentencia definitiva. Además, se impone una multa de veinte unidades tributarias a la parte recurrente por interposición maliciosa del recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En consecuencia, siendo la decisión sujeta a revisión una interlocturia cuyo gravamen puede ser reparado por la sentencia definitiva que se profiera en la presente causa, es concluyente señalar, que el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, deviene inadmisible.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad, interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia emanada del Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 20 de junio de 2005. Se impone a la recurrente multa de veinte unidades tributarias (20 U.T). En virtud de la multa impuesta, se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, adscrita al Ministerio de Finanzas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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