Sentencia N° 1584 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1584, Exp. 05-1202, 10/11/2005
Expediente05-1202
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2005-10-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de aclaratoria presentada por el apoderado judicial de Noel Natividad Hernández, en relación a una decisión publicada el 11 de octubre de 2005. La solicitud fue presentada fuera del lapso establecido por el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, que estipula que las aclaratorias deben ser solicitadas el mismo día de la publicación o al siguiente.
Extracto de la motiva
Tal y como se desprende del contenido de la norma transcrita, las aclaratorias van dirigidas a cristalizar puntos dudosos, salvar omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos que aparecieren en las sentencias, todo esto con el objeto de que las mismas puedan valerse por sí mismas y ser ejecutadas. Con el propósito de resolver la solicitud bajo examen, es necesario destacar que dicho precepto establece un lapso breve para la formulación de aclaratorias, como lo es el mismo día de la publicación del fallo, o el día siguiente; en efecto, esta Sala de Casación Social, en sentencia N° 48 del 15 de marzo del 2000 (caso: María Antonia Velasco Avellaneda), dejó sentado que el lapso para solicitar aclaratorias y ampliaciones de la decisión que ponga fin al proceso es el mismo previsto para la apelación –si se trata de una sentencia de primera instancia- o para la casación- si el fallo es de segunda instancia-. Como se observa, la ampliación del lapso in commento sólo opera con relación a las decisiones de instancia, no así respecto de las decisiones proferidas por este máximo Tribunal, siendo en consecuencia el lapso para solicitar aclaratorias y ampliaciones de tales fallos, el establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria de la sentencia publicada por esta Sala el 11 de octubre de 2005, presentada por el apoderado judicial de la parte actora, ciudadano Noel Natividad Hernández. Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente.
Palabras clave
aclaratoriainadmisibilidadcódigo de procedimiento civilprestaciones socialessentenciaplazotribunalderecho laboral