Sentencia N° 1581 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de julio de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1581, Exp. 07-707, 17/07/2007
Expediente07-707
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2007-07-17
DecisiónEXTEMPORÁNEA

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Alexis Pérez Zambrano, en representación de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS VALLE ALTO, C.A. La solicitud se refería a la decisión N° 1441, publicada el 28 de junio de 2007. La Sala determinó que la solicitud era extemporánea, ya que fue presentada fuera del lapso legal establecido para tal efecto, lo que llevó a declarar improcedente la petición.

Extracto de la motiva

La norma supra transcrita indica abiertamente que las aclaratorias van dirigidas a cristalizar puntos dudosos, salvar omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos que aparecieren en los fallos, con el objeto de que éstos puedan valerse por sí mismos y ser ejecutados conforme a su contenido. Adicionalmente estipula un lapso para requerirlas, como lo es el día de su publicación o al día siguiente. Por su parte, esta Sala mediante sentencia de fecha 15 de marzo del año 2000, dejó sentado y amplió el criterio para formular aclaratorias y ampliaciones sólo con relación a las decisiones de instancia, no así en lo atinente al lapso para solicitar aclaratorias y ampliaciones de los fallos proferidos por este Supremo Tribunal, siendo en consecuencia el lapso para ello, el establecido en el citado artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, como se ha establecido en anteriores sentencias emitidas por esta Sala de Casación Social.

Dispositiva

En mérito de las precedentes apreciaciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: EXTEMPORÁNEA la solicitud de aclaratoria interpuesta por el abogado Alexis Pérez Zambrano, actuando en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS VALLE ALTO, C.A., contra la decisión dictada por esta Sala en fecha 28 de junio del año 2007. Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente.

Palabras clave

aclaratoriadecisiónextemporáneaCódigo de Procedimiento Civiljurisprudenciaderecho laboralcompetenciamedida cautelar

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