Sentencia N° 1570 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1570, Exp. 11-1167, 15/12/2011
Expediente11-1167
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-12-15
DecisiónReponer la causa
Resumen
En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un recurso de casación interpuesto por el ciudadano Francelino Carrero contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del estado Táchira. La Sala determina que el juez de alzada no se pronunció de forma expresa sobre la admisión del recurso de casación, aplicando erróneamente el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en lugar del artículo 169. Por lo tanto, se decreta la reposición de la causa al estado en que el juez superior se pronuncie sobre la admisión del recurso de casación anunciado por el demandante.
Extracto de la motiva
En este sentido, vistos los términos del escrito consignado por la parte recurrente, y sin adelantar opinión al respecto, esta Sala considera necesario depurar el trámite procedimental del recurso, eliminando la falta de certidumbre que creó la omisión de pronunciamiento por parte del juez de alzada sobre la admisión del mismo; a tal efecto, será decretada la reposición de la causa, al estado en que el juez superior admita o rechace, de forma expresa, el recurso de casación ejercido por la actora, conteste con lo establecido en el artículo 169 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de modo que, después de tal pronunciamiento, inicie el lapso de formalización correspondiente. Así se establece.
Dispositiva
REPONE LA CAUSA al estado en que el juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, previa notificación de las partes, se pronuncie expresamente sobre la admisión del recurso de casación anunciado por el demandante.
Palabras clave
recurso de casacióncobro de acreenciasindemnizacióntrabajojuzgado superiorderecho a la defensa