Sentencia N° 1569 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1569, Exp. 12-1253, 19/12/2012
Expediente12-1253
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-12-19
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la ciudadana Yajaira Coromoto Sequera Gómez, en contra de la negativa del Juzgado Superior Agrario de Trujillo de admitir un recurso de casación. La Sala determinó que la decisión del juzgado superior no era un fallo definitivo, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso. Sin embargo, la Sala argumentó que el fallo en cuestión era una sentencia definitiva formal, lo que le daba acceso a casación.

Extracto de la motiva

El Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, al momento de negar la admisión del recurso de casación anunciado, mediante decisión de fecha 2 de julio de 2012, previa reproducción del artículo 233 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, señala que la sentencia que se pretende recurrir: (…) no le da fin al juicio principal, solo repone la causa (…) lo que no se considera un fallo definitivo, en consecuencia no cumple el primer requisito para ser admisible en (sic) recurso de casación anunciado, siendo innecesario analizado (sic) los demás requisitos de admisibilidad, como corolario, esta Alzada niega el recurso de casación interpuesto (…). De lo anterior se evidencia que la Alzada niega el recurso anunciado, por cuanto la decisión que se procura recurrir es de reposición y la misma, según su entender, no es susceptible de tal recurso; sin embargo, el referido fallo es proferido en la oportunidad de resolver sobre el mérito de la controversia, por lo tanto es una sentencia definitiva formal que tiene acceso de inmediato a casación.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social Accidental, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte actora, contra la negativa del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de admitir el recurso de casación anunciado por la accionante contra el fallo proferido por esa instancia en fecha 18 de junio de 2012. Se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

recurso de casacióncuantíaLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justiciainadmisibilidadacción reivindicatoriajusticia agraria

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