Sentencia N° 1565 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1565, Exp. 05-1157, 10/11/2005
Expediente05-1157
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, AGROPECUARIA LA ROMANA, C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La decisión se basa en el incumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisibilidad de este tipo de recursos. La Sala destacó que el recurso no cumplió con las exigencias necesarias para su interposición, lo que llevó a declarar su inadmisibilidad.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte demandada recurrente, la infracción por el sentenciador superior del artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el juez de la recurrida no apreció el escrito de contestación a la demanda, así como la jurisprudencia emanada de esta Sala referida a la motivación del fallo que permite a la Sala controlar la legalidad del mismo, específicamente la sentencia de fecha 16 de octubre del año 2003 (Caso: ENELBAR), todo lo cual, luego de una revisión minuciosa de la actas que conforman el expediente, no fue constatado por esta Sala de Casación Social.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 09 de mayo del año 2005 emanada del el Juzgado Superior Primero del Régimen Procesal Transitorio y del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con sede en San Carlos.
Palabras clave
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