Sentencia N° 1562 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de octubre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1562, Exp. 09-714, 20/10/2009
Expediente09-714
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2008-10-20
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por Rosalía Gerder contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Guárico. La Sala argumentó que el recurso no contribuye a la preservación del orden público laboral ni a la uniformidad de la jurisprudencia, ya que no se evidencian violaciones categóricas del orden legal establecido.
Extracto de la motiva
Conviene observar, que siendo el recurso de control de legalidad un medio de impugnación excepcional, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en la norma contenida en el artículo 178 de la Ley Adjetiva Laboral; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 1° de abril de 2009, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
Palabras clave
control de legalidadjurisprudencia laboraladmisibilidadviolación de normassentencia laboralrecurso de apelación