Sentencia N° 1562 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1562, Exp. 05-1070, 10/11/2005
Expediente05-1070
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, Omaira Fernández de Albornoz, contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Mérida. La decisión se basa en que las infracciones alegadas por el recurrente no fueron constatadas por la Sala, lo que lleva a la inadmisibilidad del recurso. No se impone condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
En el caso concreto, señala el recurrente que la sentencia impugnada quebrantó formas procesales, así como los artículos 202 y 204 del Código de Procedimiento Civil y 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Aduce que la sentencia debe ser declarada nula por cuanto al producirse el diferimiento para dictar sentencia, en el día fijado a tal efecto, se produjo otro debate o audiencia oral, lo cual acarreó que ambas partes estuvieron expuestas a improvisaciones judiciales para lo cual no estaban preparadas. Arguye el recurrente que “la litis se traba en razón de la circunstancia de una prescripción y que al haber sido opuesta la prescripción, debió conocerse el fondo y luego decidir esta defensa de manera subsidiaria”. Expone el impugnante, que el Sentenciador otorga efectos jurídicos a la transacción efectuada entre las partes, y que no fuera homologada violentando con tal proceder la recurrida, la esfera patrimonial subjetiva de su representado. Ahora bien, las infracciones delatadas no han sido constatadas en forma alguna por esta Sala de Casación Social, lo cual trae como efecto inmediato, basada en los criterios que informan la presente decisión, la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de control de la legalidad interpuesto.
Dispositiva
En atención a la revisión efectuada este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha 1° de junio de 2005, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida. No hay expresa condenatoria en costas del recurso dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionescontrol de la legalidadinadmisibilidadsentenciaderecho laboralprocedimiento civilprescripción