Sentencia N° 1561 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1561, Exp. 05-1024, 10/11/2005
Expediente05-1024
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de noviembre de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. La decisión se fundamenta en que el recurrente no logró demostrar la violación de normas de orden público ni la contrariedad a la doctrina jurisprudencial de la Sala.
Extracto de la motiva
El recurrente alega, que la decisión de alzada violentó normas de orden público, al dejar de valorar las pruebas aportadas por la parte actora pertenecientes al proceso por el principio de comunidad de la prueba, entre las que señala una inspección extrajudicial, indicando sin embargo, que el ad quem expresó “que no merece (sic) en virtud de que esta es una prueba preconstituida de la cual no tuvo control la otra parte, por lo cual este Tribunal la desecha y así se establece”. Afirma, que de haber sido valorada la inspección judicial extra litem realizada el 14 de febrero de 2004, se hubiera determinado que la relación laboral no terminó por despido injustificado como lo alega el accionante en su escrito libelar, sino que concluyó por causas ajenas a la voluntad de ambas partes, como es el caso de la fuerza mayor o hecho del príncipe. De igual forma alega el recurrente que en el presente caso, se violentaron normas de orden público al omitirse la valoración de la prueba de informes, que llegó vía fax durante el desarrollo de la audiencia de juicio. Ahora bien, se observa del análisis del hilo argumental expuesto por la parte recurrente, así como de la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas regidas por el orden público ni de la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso, debe necesariamente declararse su inadmisibilidad.
Dispositiva
En mérito a las precedentes conclusiones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 10 de mayo de 2005, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de la presente remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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