Sentencia N° 1561 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de diciembre de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 1561, Exp. 04-1370, 02/12/2004
Expediente04-1370
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-12-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de diciembre de 2004, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Víctor Zenon Ontiveros Escalante, quien había obtenido una sentencia favorable en primera instancia. La Sala argumentó que el recurrente carecía de interés para recurrir, dado que la decisión de la alzada había satisfecho todas sus pretensiones. Asimismo, se inadmitió el recurso de control de legalidad propuesto por la parte demandada, al no cumplir con los requisitos establecidos para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

Por las razones anteriormente expuestas, se declara inadmisible el presente recurso de casación. Así se decide. Esta Sala de Casación Social en fecha 20 de febrero del año 2003, estableció los requisitos de admisibilidad del especialísimo recurso de control de la legalidad, señalando lo que a continuación se transcribe: “1.- Que se trate de sentencias emanadas de Juzgados Superiores laborales; 2.- Que no sean impugnables en casación; 3.- Que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público; y 4.- Que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Además de ello para su admisibilidad se requiere verificar: 1.- La oportunidad para su interposición, es decir, que sea solicitado el recurso de control de la legalidad dentro de un lapso preclusivo de cinco (5) días, contado por días de despacho, siguientes a la fecha en que sea dictada la sentencia sujeta a revisión; y 2.- La extensión del escrito, es decir, que no exceda de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Consecuente con lo anterior, esta Sala constata que el fallo contra el cual se solicitó recurso de control de la legalidad, es una sentencia definitiva que cumple con los requisitos para ser revisada a través de un recurso de casación, lo que hace a todas luces inadmisible este medio excepcional de impugnación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, (accidental) administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1°) INADMISIBLE el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra el fallo dictado por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa con sede en Guanare de fecha 23 de agosto del año 2004, reproducida el día 30 del mismo mes y año. En consecuencia, se REVOCA el auto de fecha 09 de septiembre del año 2004, emanado por el referido Juzgado Superior en el que admitió el recurso de casación anunciado por la parte actora; y 2°) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia anteriormente mencionada. No hay condenatoria en costas, dada la índole de la decisión.

Palabras clave

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