Sentencia N° 1553 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1553, Exp. 05-365, 10/11/2005
Expediente05-365
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. Se argumenta que no se violentaron normas de orden público ni se transgredió el derecho al debido proceso. La decisión se basa en el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

En el caso concreto, denuncia el recurrente que en la incidencia presentada con ocasión a la tacha de documento privado promovido por el actor, se produjeron una serie de violaciones al orden público, transgrediéndose así, la garantía al debido proceso que engloba el derecho a la defensa y a la igualdad procesal, pues una vez presentada la misma (la tacha) y promovida la prueba grafoquímica, el Tribunal de la causa en fecha 17 de agosto de 2004, mediante auto, fijó la oportunidad procesal para la evacuación de la mencionada prueba para el 20 de agosto del mismo año, fecha en la que se debía celebrar la Audiencia de Juicio. En tal sentido, alega que la notificación del experto grafoquímico, se perfeccionó el 17 de agosto del año en curso, a las 9:30 a.m., aceptando y juramentándose el día 18 de agosto del respectivo año, recibiendo en esa misma fecha uno de los documentos originales tachados y al día siguiente los tres restantes, es decir, un día antes de la audiencia de juicio, por lo que la mencionada audiencia debió fijarse una vez que el experto hubiese aceptado el cargo y no antes, pues dicha situación colocó a su representada en una situación de incertidumbre en cuanto al iter procedimental. Ahora bien, de una detallada revisión de la solicitud formulada, observa esta Sala, que en el presente caso no se violentan normas de orden público que transgredan el Estado de Derecho, ni la decisión es contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil demandada, contra la sentencia de fecha 17 de noviembre de 2004, emanada del Juzgado Superior Segundo del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. No hay expresa condenatoria en costas del recurso dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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