Sentencia N° 1549 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1549, Exp. 05-106, 10/11/2005
Expediente05-106
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra una sentencia del Juzgado Primero Superior Transitorio del Trabajo. La decisión se basa en la falta de ajuste a derecho del recurso presentado, ya que no se evidenció violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En el caso concreto, denuncia el recurrente la violación a la doctrina judicial y a los principios del derecho del trabajo como el in dubio pro operario, el de la primacía de la realidad, así como la contravención al carácter tuitivo de las normas laborales y a la institución de la inamovilidad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por los representantes judiciales de la parte actora, contra la sentencia de fecha 01 de diciembre de 2004, emanada del Juzgado Superior Primero Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. No hay expresa condenatoria en costas del recurso dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de la legalidadperencióninamovilidadderecho del trabajodoctrina judicialrecurso de apelaciónsentenciatribunales superiores