Sentencia N° 1548 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de octubre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1548, Exp. 14-1004, 29/10/2014
Expediente14-1004
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-10-29
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Drogas Venezuela, S.A. contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui. La decisión se basa en que el recurso no cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que no se trató de una sentencia que modificara lo decidido en la sentencia definitiva anterior. La Sala argumenta que el recurso de control de la legalidad es excepcional y debe ser admitido solo en casos donde se resuelvan puntos esenciales no controvertidos o que modifiquen de manera sustancial lo decidido. En este caso, se concluye que la decisión impugnada no alteró los términos de la sentencia definitiva, lo que lleva a su inadmisibilidad. Finalmente, se ordena la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen, sin condena en costas debido a la naturaleza de la decisión.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral, referida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada el 28 de mayo de 2014, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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