Sentencia N° 1543 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de octubre de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1543, Exp. 07-1779, 16/10/2008
Expediente07-1779
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-10-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de octubre de 2008, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Molvyn Carreño contra el fallo del Juzgado Superior Quinto del Trabajo, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró sin lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala argumentó que no se evidenció el vicio de incongruencia negativa denunciado, ya que la Alzada se pronunció sobre los puntos relevantes del caso, y el demandante no logró demostrar la procedencia de las horas extras reclamadas.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: El vicio de incongruencia se configura, cuando existe discrepancia entre lo alegado por las partes (libelo y contestación), y lo decidido por el Tribunal que conoce la causa; puede ser que el sentenciador se pronuncie sobre un alegato no formulado (incongruencia positiva), u omita pronunciarse sobre algún punto planteado dentro de los límites de la litis (incongruencia negativa). En el presente caso, se denuncia el segundo supuesto, es decir, incongruencia negativa. El actor en su escrito libelar, reclamó el pago de una diferencia de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, la cual se originó al no haberse tomado en cuenta para cálculo de su liquidación, unas horas extras -a su decir- laboradas y no pagadas; de tal manera que, de la incidencia que sobre el salario tendrían esas horas extras, surge entonces la diferencia demandada. Al respecto, la Alzada estableció -en el ámbito de su soberana apreciación- la improcedencia de las horas extras, pues las mismas no fueron demostradas; por consiguiente, al emerger todo lo reclamado de las horas extras no acordadas devino, consecuencialmente, la declaratoria sin lugar de la demanda.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de casación ejercido por la representación judicial de la parte actora, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 23 de julio de 2007; se CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

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