Sentencia N° 154 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de abril de 2023

TSJ/SCS, Sent. N° 154, Exp. 21-150, 21/04/2023
Expediente21-150
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2023-04-21
DecisiónImprocedente la segunda fase del avocamiento; se ordena levantar la suspensión de la medida preventiva de régimen de convivencia familiar.

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara improcedente la segunda fase del avocamiento solicitado por Alexander Enrique Graterol Alarcón, en relación a la medida preventiva de régimen de convivencia familiar. Se ordena levantar la suspensión de dicha medida, asegurando así el derecho de la niña V.A.G.G. a mantener relaciones con su padre. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el interés superior del niño, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Extracto de la motiva

Ahora bien, con la finalidad de evidenciar la existencia de las supuestas irregularidades denunciadas por el solicitante del avocamiento, esta Sala de Casación Social, considera oportuno analizar las actas procesales que conforman el expediente, por lo cual se pasa a realizar una descripción de aquellos hechos relevantes, de obligatoria y necesaria mención para determinar la existencia de lo alegado. 1.- Demanda de Régimen de Convivencia Familiar que cursa en el expediente JP41-V-2020-000259, se observó lo siguiente: Riela a los folios 01 al 04 de la pieza Anexa # 1 parte # 2 del expediente, escrito libelar presentando el 17 de noviembre de 2020, mediante el cual el ciudadano Alexander Enrique Graterol Alarcón demandó a l... Dada la naturaleza especial y extraordinaria del avocamiento, no hay condenatoria en costas.

Dispositiva

PRIMERO: IMPROCEDENTE LA SEGUNDA FASE DEL AVOCAMIENTO; SEGUNDO: Se ORDENA levantar la suspensión de la medida preventiva de régimen de convivencia familiar; TERCERO: la REANUDACIÓN de la medida preventiva de régimen de convivencia familiar; CUARTO: La REMISIÓN del expediente correspondiente al asunto principal; QUINTO: SE NIEGA la solicitud de medida preventiva de prohibición de salida del país de la niña V.A.G.G.

Palabras clave

avocamientorégimen de convivencia familiarinterés superior del niño

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