Sentencia N° 1539 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 1539, Exp. 11-1336, 13/12/2011
Expediente11-1336
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2011-12-13
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por Moinve, C.A. contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala determinó que el fallo recurrido era una sentencia interlocutoria que no ponía fin al juicio, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. Se destacó que el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo permite conocer de casos que, aunque no sean recurribles en casación, puedan violar normas de orden público.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el fallo recurrido es una sentencia interlocutoria que revocó el auto dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, el 3 de junio de 2011, que homologó el desistimiento del procedimiento respecto a la codemandada Moinve, C.A, a la cual ordenó notificar para la continuación del proceso. En este sentido, al tratarse la decisión recurrida de una sentencia que no pone fin al juicio, debe declararse inadmisible el recurso, conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia Nº 87 de fecha 20 de febrero de 2003, parcialmente trascrita. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión de 21 de junio de 2011, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques.

Palabras clave

cobro de prestacionessentencia interlocutoriarecurso de apelacióncontrol de legalidadLey Orgánica Procesal del Trabajo

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