Sentencia N° 1534 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de octubre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1534, Exp. 06-810, 16/10/2006
Expediente06-810
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-10-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia 05-989, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por Luis Antonio Vera Reyes contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo del Estado Bolívar. La decisión se basa en la falta de fundamentación adecuada del recurso, donde se denunciaron vicios de motivación y valoración de pruebas, así como infracciones de ley. La Sala concluye que el recurrente no cumplió con los requisitos necesarios para formalizar su denuncia, lo que llevó a desestimar el recurso.
Extracto de la motiva
Cobijada bajo la denominación de “vicios de motivación” se acusa la eventual comisión de una serie de infracciones entre las que se debe indicar, el cuestionamiento de la valoración que de las pruebas hizo la ad quem; la afirmación de hechos falsos; contradicción en los motivos; incongruencia, la cual se equipara a la falsedad en los motivos, señalando lo que –según su criterio- demuestran las pruebas de autos, indicando la violación de los artículos 3, 5, 10, 116 y 117 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y 12 y 243 numeral 5 del Código de Procedimiento Civil; cuestiona la valoración de las testimoniales, señalando reiteradamente “el silencio de pruebas por ausencia de motivación y por petición de principios”; violación del artículo 508 del Código de Procedimiento Civil; “omisión de la debida valoración del documento”; violación del artículo 509 del Código de Procedimiento Civil; y falta de aplicación del artículo 444 eiusdem.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte accionante, contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, en fecha 21 de abril de 2006. Se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
cobro de prestacionesrelación laboralindemnizaciónvicios de motivaciónrecurso de casaciónsentencia laboralderecho a la defensa