Sentencia N° 1532 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de octubre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1532, Exp. 14-324, 29/10/2014
Expediente14-324
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-10-29
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandado contra la sentencia del 3 de febrero de 2014. La decisión de la Sala se basa en que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no se alinean las pretensiones a los fines de este medio excepcional de impugnación. Se argumenta que el demandado alegó violaciones al derecho a la defensa, pero el Tribunal consideró que no había lugar a la actividad jurisdiccional para conocer del recurso.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público. En tal sentido, en el presente caso se tiene que la decisión contra la cual se recurre mediante el presente control de la legalidad, emana del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en un juicio por obligación de manutención. En esta fase de análisis, corresponde a esta Sala de Casación Social, estudiar los elementos sustanciales exigidos por la Ley, para la admisibilidad del recurso, razón por la cual, a continuación se pasa a estudiar las denuncias formuladas contra la sentencia recurrida, la cual, es acusada de ser violatoria de normas de orden público.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia del 3 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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