Sentencia N° 1530 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de octubre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1530, Exp. 06-796, 13/10/2006
Expediente06-796
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-10-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por el ciudadano Ramiro Antonio Carreño García, en relación a la perención de la instancia declarada por el Juzgado Superior Primero del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La Sala determinó que la perención fue improcedente, dado que el proceso se encontraba en fase de ejecución y no había lugar a tal declaración, vulnerando así el derecho a la defensa del actor.

Extracto de la motiva

De conformidad con el ordinal 1° del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se delata el quebrantamiento u omisión de formas sustanciales de los actos que menoscabaron el derecho a la defensa de la parte actora. En tal sentido, señala el formalizante que la Alzada luego de haber fijado fecha para que los litigantes presentaran sus informes, declaró la perención de la instancia, es decir, sustituyó los informes con la perención decretada, cuestión que lo impedía, precisamente, la fase de ejecución en que se encuentra la presente causa, con lo cual se le mutiló el ejercicio de un derecho, tal como lo es la solicitud de reposición de la causa efectuada con la finalidad de que el Juez A quo ordenara experticia contable para corregir su propio vicio, dejando con tal proceder a la parte actora en un completo estado de indefensión, además de violentar los artículos 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil, vigentes para la data de los hechos y aplicables al caso por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al no mantener la estabilidad procesal, corrigiendo aquellas situaciones derivadas del auto irrito contra el cual se recurrió en apelación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de diciembre de 2004; 2) se ANULA el fallo recurrido, y 3) SE REPONE la causa al estado ya fijado en la parte motiva de la presente sentencia.

Palabras clave

perencióninstanciarecurso de casaciónderecho a la defensafase de ejecuciónindefensiónCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica Procesal del Trabajo

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