Sentencia N° 1528 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1528, Exp. 09-156, 15/10/2009
Expediente09-156
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-10-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, dictó sentencia en la que casa de oficio el fallo del Juzgado Superior Primero Agrario, que había declarado desistida la apelación interpuesta por la parte demandada. La decisión se fundamenta en la falta de comparecencia de la parte apelante a la audiencia oral de informes, lo que llevó a la conclusión de que no había fundamentado adecuadamente su apelación. La Sala reitera la importancia de los principios de inmediación y oralidad en el procedimiento agrario, y señala que la falta de interés de la parte apelante en el proceso justifica la decisión de revocar el fallo impugnado.
Extracto de la motiva
En virtud de los múltiples asuntos que conoce, fija, con suficiente antelación, la audiencia oral de informes señalada en el artículo 188 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a diferencia del Juzgado Superior Primero Agrario, que en el caso de autos, fijó la audiencia para los tres días de despacho siguientes al auto que ordena la celebración de la misma, ello conforme al artículo 240 del precitado texto normativo. Esto es, cada fijación de audiencia, en el procedimiento ordinario y el contencioso administrativo agrario, tiene distintos lapsos, siendo evidente la violación del derecho al debido proceso en que ha incurrido el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, al declarar al desistimiento de la apelación propuesta por la parte accionada. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,: CASA DE OFICIO la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, en fecha 23 de octubre del año 2008, publicada en fecha 5 de noviembre del mismo año. En consecuencia, REVOCA dicho fallo, y ORDENA al precitado tribunal dictar sentencia sobre el mérito del presente asunto, pronunciándose sobre todos y cada uno de los argumentos planteados por el apelante.
Palabras clave
desistimientoapelaciónprocedimiento agrarioaudiencia oralderecho al debido procesojusticia socialinmediaciónoralidad