Sentencia N° 1526 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1526, Exp. 12-1425, 18/12/2012
Expediente12-1425
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRecurso de Hecho
Fecha de la decisión2012-12-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre el recurso de hecho interpuesto por el abogado Víctor Elías Brito García, quien fue recusado en un juicio laboral. La decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Monagas, que negó oír la apelación del recusado, se fundamenta en el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece que no se oirá recurso alguno contra decisiones en incidencias de recusación e inhibición. La Sala concluye que no se verifican los supuestos necesarios para la admisión del recurso, declarando sin lugar el mismo.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el Título II, Capítulo II, regula la tramitación de la inhibición y recusación y específicamente en el artículo 45 establece, que no se oirá recurso alguno contra las decisiones que se dicten en la incidencia de recusación e inhibición, por lo tanto, resulta claro la contundencia de la norma al prohibir que se oiga algún recurso, por otra parte la finalidad de la recusación como institución procesal, es preservar la imparcialidad y objetividad de la persona que va a decidir un juicio y dado los efectos de la recusación, que no es otro que excluir al juez del conocimiento de la causa, mal puede este Tribunal Superior, oír dicha apelación para dar un trámite que no contempla la Ley adjetiva. Por los razonamientos precedentemente establecidos, este Tribunal de Alzada, niega oír la apelación planteada por el abogado VÍCTOR BRITO, ya identificado…
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano Víctor Elías Brito García, contra el auto de fecha 24 de septiembre de 2012, proferido por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Maturín. Se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
recusaciónapelaciónderecho a la defensaincidenciasprocedimientojusticia laboral