Sentencia N° 1526 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de octubre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1526, Exp. 06-798, 10/10/2006
Expediente06-798
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-10-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Néstor Zamora Aray contra la decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo, que declaró desistido el recurso de apelación contra una sentencia que había declarado sin lugar la demanda de prestaciones sociales. La Sala analizó si se habían vulnerado los derechos de defensa del apelante debido a la prolongación de la audiencia y la falta de notificación adecuada sobre la reprogramación de la misma.

Extracto de la motiva

Tal como se reconoce en los citados argumentos de la formalización, al no celebrarse el acto de prolongación de la audiencia fijado para el día 07 de abril de 2006, el Tribunal debía fijar por auto expreso la nueva oportunidad para ello, dando tiempo suficiente a las partes para que tomaran cuenta de la misma y acudiesen a ejercer los derechos correspondientes; debiendo notificarlas al respecto, agrega la Sala, si se produjese algún retraso que así lo justificase. Y eso fue lo que hizo el Tribunal de la recurrida, pues en el día de despacho siguiente al viernes 07 de abril de 2006, dejó constancia de la causa por la cual no se pudo realizar el acto en esa fecha y fijó expresamente, para el día 20 de abril siguiente, la nueva oportunidad al efecto; esto es, no hubo tardanza alguna en ello y la fijación, hecha el lunes 10 de abril de 2006, difirió el acto para el día jueves 20 de la semana siguiente, de modo que a juicio de la recurrida, compartido por la Sala, las partes tuvieron tiempo suficiente para entrar en conocimiento de esas circunstancias, en virtud de lo cual, es imputable a la parte apelante y no al Tribunal, su inasistencia a la audiencia en referencia.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente recurso de casación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena al actor en las costas del recurso.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de casaciónderecho de defensaaudiencia oralLey Orgánica Procesal del Trabajodecisión judicialapelación

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